El intercambio de información tributaria internacional para la imposición de los capitales de los residentes en el exterior
El patrón de acumulación instaurado por la dictadura militar en 1976 determinó una transformación radical de las relaciones económicas y sociales vigentes durante la sustitución de importaciones. En particular, se produjo una creciente subordinación de la economía real a la evolución de los fenómenos monetarios, conduciendo a la financierización de la estructura productiva. En este contexto, el endeudamiento externo y la fuga de capitales se constituyeron en una de las características centrales que adoptó la economía argentina en las siguientes décadas. Si bien, desde el agotamiento definitivo de la valorización financiera en 2002 se redujo uno de los elementos constitutivos del patrón de acumulación anterior, el endeudamiento externo, resulta llamativa la inexistencia de políticas tendientes a revertir la contracara del endeudamiento externo durante la valorización financiera, la fuga de capitales. En efecto, hasta el momento no se han desarrollado políticas específicas para lograr la repatriación de los capitales fugados y/o su imposición, proceso que implicó una reducción sustantiva en los recursos fiscales tanto por su efecto directo como indirecto sobre las finanzas públicas en las últimas décadas. En el presente trabajo se analizan las modificaciones acontecidas en el nivel internacional en materia de intercambio de información con fines tributarios. En particular, se indagará acerca de las posibilidades que brindan los convenios de doble imposición y los tratados específicos sobre intercambio de información tributaria para lograr la imposición de los capitales de los residentes en el exterior.