La renegociación de los contratos - Administración Duhalde y prestatarias de servicios públicos
La ley de Emergencia (Nº 25.561) le otorgó a la Administración Duhalde importantes elementos legales como para revertir buena parte de los numerosos privilegios de que gozaron las empresas privatizadas durante la década de los años noventa. Sin embargo, en lugar de encauzar la renegociación en función de los intereses de los usuarios y consumidores, y de la sociedad en su conjunto (intentando revertir una de las mayores inequidades económico sociales que se han venido registrando en la Argentina de los últimos años), el gobierno ha ido cediendo ante el poder de presión de las firmas, de las autoridades gubernamentales de los países de origen de muchas de ellas y de los propios organismos multilaterales. En efecto, los criterios rectores sobre los que tienden a estructurarse las actuales renegociaciones contractuales sugieren que el ímpetu inicial de la ley de Emergencia se ha ido transformando casi en “letra muerta”. Crecientemente, por distintos artilugios de dudosa legalidad, han tendido a preservarse -y a fortalecerse- determinados intereses empresarios por sobre los sociales. La recurrencia, en muchos casos, a mecanismos que contravienen lo dispuesto por la ley de Emergencia tienden a asemejarse, en cuanto a sus modalidades y sentido, a los que habían caracterizado a las anteriores gestiones gubernamentales de Menem y de la Alianza en su relación con las empresas pri-