El consejo agrario nacional
La entrada “Consejo Agrario Nacional” no existe en Wikipedia. Pero el Consejo Agrario Nacional existió. No forma parte de una de las clásicas citas de la memoria, ni siquiera de la tradición “nacional y popular”. No por trillada menos cierta, recurrir a la frase de Rodolfo Walsh: “Nuestras clases dominantes han procurado siempre que los trabajadores no tengan historia, no tengan doctrina, no tengan héroes y mártires”.
La crisis mundial provocada por la pandemia del COVID-19 nos colocó frente a nuevos desafíos, pero también, simultáneamente, renovó el interés por discusiones que parecían envejecer. Mirar hacia adelante, mirar hacia atrás. La frase de Walsh culminaba así, casi operística: “Cada lucha debe empezar de nuevo, separada de las luchas anteriores. La experiencia colectiva se pierde, las lecciones se olvidan”.
El último Censo Nacional Agropecuario arroja que existen 863 unidades productivas que poseen el equivalente a una provincia de Buenos Aires y dos veces la provincia de Tucumán (34,2 millones de hectáreas). La otra cara de la moneda es un país con más del 60% de niñxs en situación de pobreza. Claramente estamos ante un panorama de concentración de recursos por un lado y cierta escasez en el otro extremo. Nada nuevo bajo el sol. Una de las tantas soluciones posibles, quizás la más profunda, puede parecer testimonial pero sería la elaboración de una urgente Ley de Tierras o de un instituto de “colonización”.
¿Qué fue el CAN? La Ley 12.636, publicada en el boletín oficial el 18 de septiembre de 1940, creó el Consejo Agrario Nacional. El proyecto -impulsado por el Poder Ejecutivo- había ingresado un año antes por la cámara de diputados iniciando un debate acalorado. Sólo por citar un ejemplo de lo que estaba en juego, el ingeniero agrónomo Domingo Bórea -profesor de administración rural en la Universidad de la Plata- sostenía que la sanción de la ley 12.636 era “la gran reforma agraria argentina”.
"EL CAN BUSCÓ SER UN PRINCIPIO DE SOLUCIÓN FRENTE A LOS BOLSONES DE POBREZA QUE EN LA DÉCADA DEL TREINTA RODEARON LOS CENTROS URBANOS. LA RESPUESTA BUSCABA SER INTEGRAL"
El CAN fue sumamente novedoso. Retomaba la experiencia de las leyes previas de colonización (como el Instituto Autárquico de la Provincia de Buenos Aires creado en 1936), bosquejos de respuestas a una problemática latente. Pero incluía una serie de características que lo ponían a la vanguardia del proceso de distribución de tierras. Por ejemplo, fue la primera ley nacional que incluyó la función social de la propiedad. Esta figura jurídica -propia del constitucionalismo social inaugurado con la Constitución Mexicana de 1917- continúa aún hoy siendo una figura imprescindible a la hora de pensar políticas redistributivas. Ejemplos en nuestro país son la Constitución de 1949 y la Ley 14.449 de “Acceso Justo al Hábitat” aprobada en 2013 en la provincia de Buenos Aires. En su artículo I, la Ley 12.636 (de creación del CAN) establecía que la propiedad de la tierra quedaba sujeta “a las limitaciones y restricciones que se determinan en esta ley de acuerdo al interés colectivo”.
Una de las discusiones en torno a la ley fue la que se denominó “enmienda Palacios”. El diputado socialista Alfredo Palacios proponía un arrendamiento vitalicio, finalmente incorporado a la ley en 1946. Este punto es sumamente interesante, ya que -por ejemplo- el Instituto Nacional de Colonización de Uruguay (creado en 1948 y que goza aún de buena salud) utilizó en los últimos años fundamentalmente esta forma de entrega de tierras.
Los fondos para el funcionamiento del CAN llegaron en 1942. Entre 1942 y 1945 adquirió cerca de un cuarto de millón de hectáreas, la gran mayoría mediante compra o expropiación, pero también por transferencia de otros organismos. Aunque en esa etapa solamente se entregaron cerca de 50 mil hectáreas, en el período posterior (entre 1947 y 1948) se entregaron 200 mil. Esto se debió a una serie de movimientos institucionales. En 1945 el CAN se inscribió en la órbita de la Secretaría de Trabajo y Previsión, dirigida por Juan Domingo Perón, con Antonio Manuel Molinari (proveniente de FORJA) como interventor. En 1946 el CAN perdió su carácter autárquico y se trasladó a la estructura del Banco de la Nación Argentina.
"EN 1967 SE ORDENÓ QUE TODOS LOS ORGANISMOS PÚBLICOS QUE POSEÍAN TIERRAS DEBÍAN ENTREGARLAS AL CAN. ENTRE 1967 Y 1969 RECIBIÓ CERCA DE 170 MIL HECTÁREAS, MITAD COMPRADAS, MITAD TRANSFERIDAS POR ORGANISMOS PÚBLICOS"
El CAN buscó ser un principio de solución frente a los bolsones de pobreza que en la década del treinta rodearon los centros urbanos. La respuesta buscaba ser integral, no solo repartiendo tierras, sino construyendo centros cívicos que incluían escuela, centro de salud, seguridad y áreas comunes de acopio, trabajo y dispersión, como en las imágenes que acompañan esta nota.
A pesar de la inestabilidad política inaugurada en 1955 tras el derrocamiento de Juan Domingo Perón el CAN continuó funcionando y a medida que adquiría tierras las iba adjudicando. En 1967 se ordenó que todos los organismos públicos que poseían tierras debían entregarlas al CAN. Entre 1967 y 1969 recibió cerca de 170 mil hectáreas, mitad compradas, mitad transferidas por organismos públicos. Entre el 1971 y 1974 la institución incorporó cerca de 300 mil hectáreas casi completamente a través de compras. Para 1975 el CAN conservaba alrededor de 550 lotes sin adjudicar y poco más de 100 mil hectáreas, muestra de la vitalidad con que se operaba la redistribución de tierras.
Proyecto de Centro Cívico de la Colonia “Cañada Rica” , Santa Fe. Archivo General de la Nación Argentina, documento fotográfico.) Código: AR-AGN-AGAS01-DDF-Rg- (Caja 3061) – (81856)
El CAN, por lo tanto, fue una herramienta fundamental a la hora de pensar una política agraria y contrapesar la concentración excesiva de la tierra en pocas manos. Un organismo de características similares, ¿podría ser pensado para este presente?
La concentración de la tierra y la pobreza siguen existiendo y alcanzando índices similares o superiores a los de la década del treinta. Sin embargo, la “revolución verde” con el paquete agrotecnológico permitió sortear -o por lo menos eludir- el solapamiento semántico (característico de las décadas del 50 y 60) entre el latifundio y la improductividad. ¿Vale la pena romper la gallinita de los huevos de oro? La imagen de Grabois en el campo de la familia Etchevehere, las apelaciones a otro tipo de explotación de la tierra, ese pliegue por debajo de la economía tecnificada e híper competitiva de los agronegocios, ¿tiene margen de ser posible? ¿Quiénes lo podrían impulsar? Dicho más fácil: ¿dónde está el sujeto? En 1980 fue derogada la ley y liquidado el CAN por decisión del ministro de economía de la dictadura, José Alfredo Martínez de Hoz. Su entrada no existe en Wikipedia.
Panama Revista - 12 de febrero de 2021