La presión fiscal nos esta asfixiando
Durante años se ha repetido hasta el hartazgo que la presión tributaria en Argentina es asfixiante, pero detrás de ese argumento se esconden sectores que buscan proteger el exceso de riqueza. Lejos de ese sentido común, la presión fiscal en nuestro país es acorde a la del resto del mundo. ¿Quiénes son los que más la soportan? Magdalena Rua desarma un mito impuesto que es una defensa encubierta de la riqueza excesiva.
Una defensa encubierta de la riqueza excesiva
¿La presión fiscal de la Argentina es una de las más elevadas del mundo?
En Argentina, la presión fiscal -que no es otra cosa que la recaudación tributaria como porcentaje del Producto Interno Bruto (PIB)- es acorde a los niveles internacionales. Según las estadísticas de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE), en nuestro país en 2020 fue del 29,4%. Quedó por debajo del promedio de la OCDE, de 33,5%, y por debajo de países como Brasil, en donde llegó al 31,6%. En 2021, se redujo aún más y alcanzó un 28,8% .
Algo similar sucedió con las tasas máximas globales del impuesto a las ganancias para personas físicas en 2021. El promedio para los países de la OCDE fue de 42,5 %, y en algunos casos llegó hasta el 55,9%. Casi todos los países superaron el 35% de tasas máximas que posee la Argentina.
Una presión tributaria elevada no debería considerarse un aspecto negativo del sistema tributario. En realidad, es un indicador de la capacidad recaudatoria del Estado frente a los ingresos que se generan. Gran parte de los países que poseen un alto grado de desarrollo económico y los más elevados índices de Desarrollo Humano (IDH) a la vez, tienen los mayores niveles de presión tributaria. Para dar un ejemplo, Noruega, según el IDH elaborado por Naciones Unidas, se ubicó en 2020 primera en el ranking del Desarrollo Humano con un índice de 0,959. Ese mismo año presentó un alto nivel de presión fiscal: el 38,6% del PIB.
¿La cantidad de impuestos que existen en Argentina es agobiante?
El número de tributos que existe en un país no explica nada en sí mismo, ni sirve como indicador acerca del funcionamiento o estructura del sistema tributario. En esta discusión, además, se suele exagerar acerca de la cantidad de impuestos vigentes. En Argentina, cada provincia establece distintos gravámenes y para que se superpongan todos los impuestos, tasas y contribuciones provinciales, el contribuyente tendría que vivir en muchas provincias al mismo tiempo. En el ámbito nacional hay solo 28 tributos en total, que se destinan a diferentes sujetos y a determinadas operaciones o hechos. La mayoría de los residentes argentinos no quedan gravados por estos 28 simultáneamente.
¿La presión tributaria es asfixiante para los/as argentinos/as?
La presión fiscal no es la misma para todas y todos. Los trabajos de investigación que abordan este tema evidencian que los hogares más pobres (el 10 % con menores ingresos) poseen una presión tributaria superior, es decir, abonan tasas impositivas efectivas más altas que los hogares más ricos (el 10 % con mayores ingresos) (1). Más aún, esto tiene un efecto mayor sobre las mujeres, que están sobrerrepresentadas en los sectores con menores ingresos y riqueza.
En definitiva, los distintos estratos socioeconómicos de nuestro país soportan diferentes cargas tributarias. Hay múltiples razones para explicar por qué sucede. Entre ellas, que la estructura del sistema tributario argentino es fuertemente regresiva, debido a que los recursos fiscales provienen en mayor medida de impuestos regresivos -es decir, aquellos que gravan con una misma alícuota a contribuyentes de alta y baja capacidad contributiva, sin hacer distinción-, e impactan más sobre quienes tienen menor capacidad económica.
A su vez, los estratos de más altos ingresos y patrimonios, así como las grandes empresas, cuentan con mejores herramientas para aprovechar beneficios, devoluciones de impuestos, exenciones y eludir o minimizar el pago de impuestos, además de que determinados sectores se ven beneficiados por regímenes preferenciales y desgravaciones.
Varias características negativas del sistema tributario argentino se han mantenido a lo largo de la historia. Entre ellas, sobresalen los impuestos indirectos sobre bienes y servicios, la centralidad del impuesto al valor agregado en la recaudación nacional y del impuesto a los ingresos brutos en los gobiernos provinciales (2), así como la baja participación de los impuestos que gravan el patrimonio y la renta sobre las personas y empresas de mayor capacidad contributiva.
En Argentina, según la información de la Dirección Nacional de Investigaciones y Análisis Fiscal del Ministerio de Economía, en 2021 el 48% de los ingresos tributarios provinieron de impuestos sobre bienes y servicios. Esto demuestra que prácticamente la mitad de la recaudación argentina se explica por impuestos al consumo, que gravan en mayor proporción a personas con menor capacidad económica (entre las que, como mencionamos, predominan las mujeres). En este aspecto vale hacer una comparación para marcar contrapuntos: en los países OCDE, el porcentaje promedio de impuestos sobre bienes y servicios representó en 2019 el 32,6% (último dato disponible).
Por otra parte, la importancia de los impuestos al patrimonio ha sido históricamente insignificante en nuestro país, a pesar de ser éstos los tributos reconocidos por excelencia como los mejores distribuidores de riqueza. Desde los inicios de la conformación del Estado Nacional, el sistema tributario se caracterizó por una tenaz resistencia de la elite con capacidad contributiva para cumplir con sus obligaciones fiscales y aceptar esquemas tributarios más equitativos (Gaggero y Grasso, 2005). Esa baja participación llega hasta nuestros días: los datos oficiales muestran que el impuesto sobre bienes personales representó en 2021 el 2% de la recaudación, mientras que los impuestos provinciales sobre la propiedad equivalieron al 3,6% de la presión neta total.
Para los grandes grupos económicos argentinos transnacionalizados y las empresas multinacionales, así como para las personas más adineradas del país, muchas de ellas asociadas a estas grandes firmas, la presión tributaria no suele ser la misma que para el resto de la sociedad. Estos actores minimizan su carga tributaria a través de maniobras de planificación fiscal -abusiva, en muchos casos- y trasladando sus capitales al exterior.
La planificación tributaria agresiva o abusiva es una práctica extendida. Incluye la explotación de convenios tributarios y vacíos legales en la legislación impositiva, la utilización de guaridas fiscales y múltiples maniobras de elusión fiscal de personas y empresas, tales como la constitución de empresas fantasmas o estructuras jurídicas variadas para evitar el pago de impuestos y la manipulación de los precios de transferencia (de las operaciones intragrupo). Las personas ricas y las más grandes empresas suelen contar con múltiples asesores financieros, contables, impositivos y legales que proporcionan esquemas complejos y estructuras sofisticadas en guaridas fiscales para reducir la carga tributaria.
Si bien no existen estadísticas precisas, justamente por la opacidad que envuelve a la materia, al contrastar información pública de distintos organismos oficiales como AFIP e INDEC se advierte que una buena porción de activos en el exterior de propiedad de residentes argentinos no estaría declarada. De hecho, existen estimaciones de la pérdida de recursos tributarios en Argentina por maniobras abusivas elaboradas por organizaciones internacionales. La Alianza Global para la Justicia Fiscal, Public Services International y Tax Justice Network estiman que Argentina pierde cerca de 1.300 millones de dólares al año debido al abuso tributario corporativo y a la evasión fiscal de riqueza financiera colocada en guaridas fiscales (3). Las estimaciones de Alex Cobham y Petr Janský (4) calculan una pérdida muy superior: 21.400 millones de dólares por año de recaudación impositiva en Argentina en razón del desvío de ganancias de empresas multinacionales.
El argumento sobre la presión tributaria “confiscatoria” encubre la protección de la riqueza de personas adineradas y grandes empresas. Para algunos sectores, el derecho de propiedad parece tener prioridad por sobre otros derechos fundamentales, como los económicos, sociales y culturales (DESC). A pesar de la difusión de la idea de que los derechos civiles y políticos no tienen costo para el Estado y que los DESC sí, las libertades privadas conllevan grandes costos públicos, ya que su protección siempre depende de una acción estatal.
Notas:
- Gaggero, J. y Rossignolo, D. (2011) Impacto del presupuesto sobre la equidad. Documento de Trabajo N° 40. CEFID-AR
- Gómez Sabaini, J. y Rossignolo, D. (2009): “ARGENTINA. Análisis de la situación tributaria y propuestas de reformas impositivas destinadas a mejorar la distribución del ingreso”, OIT oficina Buenos Aires
- Informe sobre el “Estado de la Justicia Fiscal 2021”, noviembre de 2021, elaborado por la Alianza Global para la Justicia Fiscal, Public Services International y Tax Justice Netowork.
- Alex Cobham y Petr.Janský, Global distribution of revenue loss from tax avoidance. Re-estimation and country results. WIDER Working Paper 2017/55. United Nations University. UNU-WIDER. ICTD, (marzo de 2017).
“Mitos Impuestos” es una guía elaborada por la Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia y la Fundación Friedrich Ebert en Argentina, con la Coordinación de Magdalena Rua, para debatir en profundidad el rol de la política fiscal en nuestro país.
Las opiniones expresadas en esta publicación son de exclusiva responsabilidad de sus autores/as y no representan necesariamente los puntos de vista de ACIJ y FES Argentina.
Revista Anfibia - 22 de mayo de 2023