El Banco del Sur y la nueva arquitectura financiera regional
Si a lo anterior, se agrega que hasta la fecha el Banco aún no inicia actividades a pesar de que en abril de 2012 entró en vigor su Convenio Constitutivo al quedar ratificado por cinco de los 7 países fundadores del Banco, resulta evidente que en el proceso de creación del Banco la superación de las diferencias entre los gobiernos de los países fundadores ha resultado más larga y difícil de lo esperado.
En una primera etapa, una vez firmada el Acta Fundacional, los temas a acordar, y las diferencias en relación a varios de ellos, se centraron en las definiciones básicas de funcionamiento del Banco, tales como el carácter que éste debería tener; la incorporación o no de funciones de fondo de estabilización en los objetivos del Banco; el monto, la composición y las fuentes de los aportes de capital; el tratamiento de los países según su distinto tamaño; el otorgamiento o no de financiamientos no reembolsables; y, los mecanismos de votación y de toma de decisiones. Todos estos puntos, entre otros, correspondía plasmarlos en el Convenio Constitutivo, y el tiempo tomado para llegar a acuerdos sobre ellos implicó que la firma de ese Convenio, de los dos meses inicialmente planteados en el Acta Fundacional, se alargara a 21 meses.
ALAI, América Latina en Movimiento - noviembre/diciembre 2012