El ranking por Ganancias
Ese millón y pico es apenas más que la mitad de las personas que no tienen regularizada su situación dominial, es decir, cuya vivienda está en riesgo. Las asalariados que pagan Ganancias están en la cima de la pirámide de ingresos, las personas con problemas de vivienda, en la base. Es apenas un ejemplo para relativizar la cuestión de Ganancias. Otra comparación: la mitad de los trabajadores cobran menos de 12 mil pesos, muy lejos del mínimo a partir del cual se paga el impuesto.
Sin embargo, en la agenda de los medios, de los políticos y de los economistas, la cuestión de Ganancias tiene su lugar reservado. En parte eso se explica porque los trabajadores que mejores salarios cobran son los de mayor organización sindical, algo clave para encauzar las demandas. En este punto, es ineludible la responsabilidad de los dirigentes sindicales, muchas veces más preocupados por los que más ganan que por los que están desprotegidos. Pero además, el peso del impuesto se incrementó a lo largo de estos años porque el piso y las escalas se actualizaron por debajo de la inflación. Y se acumularon imperfecciones que borraron parte de la progresividad del tributo y generaron situaciones de inequidad.
El criterio para pagar Ganancias es que el salario del período enero-agosto de 2013 haya sido superior a los 15 mil pesos. Si se tiene en cuenta que las dos paritarias cerradas desde ese momento fueron de un promedio del 27 por ciento, el trabajador apenas afectado en 2013 por Ganancias está cobrando actualmente casi 25 mil pesos, que constituye una especie de piso real del tributo. Ahora bien, para los asalariados que ingresaron al mercado de trabajo a partir de septiembre de 2013 rige también el piso de 15 mil pesos. Esto quiere decir que alguien que empezó a trabajar este año y cobra 16 mil pesos paga Ganancias, pero aquel que lo hacía antes y hoy cobra 23 mil pesos, no paga. Eso representa una clara situación de inequidad del actual esquema del impuesto.
Sin embargo, entre los que pagan el impuesto se mantiene la progresividad. Tres ejemplos lo corroboran, sin tener en cuenta ninguna deducción especial. Un asalariado soltero que empezó a trabajar este año y recibe un salario bruto de 16 mil pesos paga 250 pesos por mes de Ganancias, el 1,6 por ciento. Un asalariado casado con un hijo y un sueldo bruto de 25 mil pesos paga 2500 pesos mensuales, el 10 por ciento. Por último, alguien que cobra 50 mil pesos con dos hijos y empleada doméstica paga 10 mil pesos de Ganancias, el 20 por ciento. Es decir que a mayor salario es superior la importancia del tributo. De todos modos, la progresividad se redujo en la última década porque las escalas no se han actualizado. Eso quiere decir que rápidamente un trabajador que paga Ganancias enfrenta la máxima alícuota.
Un elemento útil para analizar la cuestión de Ganancias es la comparación internacional. Según datos de la Unctad, la recaudación del impuesto a los ingresos para personas físicas (en la Argentina el impuesto a las Ganancias cuarta categoría) representa el 12,9 por ciento del PBI en Finlandia, el 12,7 por ciento en Bélgica y el 12,3 en Suecia. Otros ejemplos son Australia (10,7), Estados Unidos (9,8), Alemania (9,6), Reino Unido (9,2) y Francia (8,3). Los datos son contundentes: en los países desarrollados los que más ganan pagan mucho más.
La comparación con los países industrializados puede ser algo confusa, en la medida en que la calidad de vida de las personas alcanzadas por el tributo es mucho mayor. En el caso de América latina, la situación es relativamente homogénea. En México supone el 3 por ciento del PBI, en Uruguay el 2,9 por ciento y en Brasil, el 2,6, similar al caso de la Argentina, donde Ganancias cuarta categoría es el 2,5 por ciento del PBI. Por debajo está Perú (2 por ciento), Honduras (1,7) y Costa Rica (1,3). Los datos contrastan con las propuestas de eliminación del impuesto que sindicalistas y políticos enarbolan bajo la consigna de “robo al salario”.
Otro tipo de inequidades se desprenden de la estructura del impuesto. Por ejemplo, un trabajador puede descontar de Ganancias la cuota de su crédito hipotecario pero no puede pagar menos si es inquilino. También es conocida la exención a la renta financiera y a los jueces.
Página/12 - 29 de septiembre de 2015