Mejor sí hablar de ciertas cosas (como la tasa de ganancia)

Martín Kalos y Nicolás Dvoskin* (Grupo de Estudios del IADE)
El reciente debate parlamentario acerca de la reglamentación de uno de los derechos consagrados en el artículo 14 bis de la Constitución Nacional –la participación de los trabajadores en las ganancias de las empresas- ha obligado a los economistas a reconsiderar una de las variables más relevantes para el análisis económico, pero increíblemente ausente en el seno del debate ortodoxo: la tasa de ganancia de las empresas. En efecto, para poder realizar un análisis que exceda la actual coyuntura política es menester estudiar en detalle las estructuras de costos y ventas de las empresas, y de esta forma volcar nuestras miradas sobre sus tasas de ganancia.

La tasa de ganancia es la relación entre las ganancias netas apropiadas por los empresarios y el capital que adelantaron para que se pudiese realizar la actividad productiva. Generalmente éste se asocia con el costo total –erróneamente, dado que sólo deberían contabilizarse los costos efectivamente afrontados con un adelanto de capital del empresario-. De esta forma, se incluyen tanto los montos abonados para la compra de insumos como las remuneraciones pagadas a los trabajadores. La ganancia surge precisamente de este trabajo contratado por la firma: es la parte del valor del producto de ese trabajo que no se remunera al trabajador, y que por tanto queda a disposición del empresario. La parte que sí se remunera es el salario. Ahora bien, ¿cómo se fija este salario? Surge de las negociaciones (institucionalizadas o no) entre los trabajadores y los empresarios, que se dirimen en función de la presión que pueda ejercer cada uno. En épocas de crisis, con alto desempleo, los trabajadores seguramente acepten salarios relativamente menores para no perder sus puestos de trabajo. En cambio, cuando el desempleo baja los trabajadores tienen un poder mucho mayor para negociar aumentos salariales o mejoras en sus condiciones laborales. Salarios reales mayores permiten a los trabajadores apropiarse de una parte mayor del excedente por ellos producido.

Generalmente la forma de remuneración al trabajo en economías capitalistas consiste en montos fijos que se renegocian cada cierto tiempo. Así, en el corto plazo el ingreso nominal del trabajador es estable, mientras que la ganancia depende del desempeño comercial de la firma. Esto ha llevado a que en ámbitos dominados por el pensamiento ortodoxo –sobre todo, ciertas cámaras empresariales- se sostenga que la ganancia empresaria es el justo rédito por el riesgo asumido –en la medida en que es el componente más volátil de la distribución-. Sin embargo, como mostramos, la ganancia tiene origen en el proceso de producción que el mismo empresario dirige.

Otras formas de remuneración salarial hacen depender al salario de los resultados que obtenga la empresa, en mayor o menor proporción, sosteniendo que esto motiva al trabajador a realizar un esfuerzo mayor. La más usual es el pago de bonificaciones o premios. Estos son decididos “voluntariamente” por las empresas en función del desempeño de la firma (o cada una de sus secciones), y usualmente se limitan al personal jerárquico. Esta remuneración extraordinaria es entendida como una dádiva, no sujeta a ningún tipo de negociación entre partes ni a mandatos legales.

Otras dos formas generalizadas hacen participar a los trabajadores del riesgo empresario en general (es decir, tanto de las ganancias como de las pérdidas): la participación accionaria y la remuneración por resultados. En el primer caso, una parte de la remuneración del trabajador consiste en una acción u otro activo financiero de la empresa que cotiza en el mercado de capitales –y cuyo valor, por tanto, depende de esos mercados-. En el segundo, el salario depende de las cantidades vendidas: muchas veces, de hecho, es el trabajador el que asume la totalidad del riesgo. En ambos casos el mal desempeño de la firma atenta directamente contra la remuneración del trabajador.

A diferencia de estos casos, la participación de los trabajadores en las utilidades es un incremento adicional, no supletorio del salario, que remunera al trabajador en función del desempeño de la firma pero no lo castiga cuando la empresa no vende. De este modo, no se atenta contra la seguridad de recibir un ingreso estable y suficiente para cubrir las necesidades básicas de la familia de los trabajadores, pero sí permite a los trabajadores apropiarse de una parte del excedente generado.

En muchos países se aplican regímenes obligatorios de participación de los trabajadores en las ganancias, como en México y Perú; en otros, como Brasil, se propone un esquema de negociación obligatoria por empresa. En Estados Unidos y Canadá, por ejemplo, hay incentivos fiscales para las empresas que decidan participar sus ganancias. En algunos casos la participación consiste en una remuneración directa, y en otros se destina a incrementar los fondos de jubilación y pensión.

¿Cuánto impactaría en la sustentabilidad de las empresas argentinas un régimen obligatorio de participación de los trabajadores en las ganancias? Para ver esto, es necesario analizar la estructura de costos y las ganancias de las firmas hoy. De acuerdo a los balances publicados por las propias empresas en la Bolsa de Comercio, muchas tienen elevadas tasas de rentabilidad netas (cociente entre sus ganancias netas y sus ventas, una vez sustraídos los costos financieros y los impuestos), indicador que sirve como aproximación a la tasa de ganancia. En 2009, para YPF fue de 10,16%, 14,8% para Tenaris, 11,8% para Loma Negra y 11,5% para Telecom Argentina. Por añadidura, en ninguna de estas cuatro empresas el porcentaje de costos laborales supera el 19% de los costos totales, lo que muestra una baja incidencia de los salarios en los gastos necesarios para la producción. En consecuencia, la relativamente pequeña distribución de ganancias propuesta no tendría por qué afectar los procesos de acumulación y reinversión de estas compañías.

Sin embargo, para entender mejor la distribución del ingreso por empresa podemos analizar la distribución del valor agregado. Es decir, analizar la relación entre la ganancia neta y los costos laborales totales en cada empresa, que son los dos elementos entre los cuales se “reparte” el valor agregado. En YPF, las ganancias son el 66% del valor agregado y los salarios el restante 34%; en Tenaris, ganancias y salarios se reparten el 62% y el 38% respectivamente, igual que en Loma Negra; en Telecom estos guarismos son del 48% y 52%. El régimen de participación de los trabajadores en las utilidades en una alícuota del 10% llevaría al salario (sin contemplar incrementos en la productividad ni ningún efecto indirecto) en YPF, del 34% actual al 41%; en Tenaris y Loma Negra, del 38% al 45%; y en Telecom, del 52% al 57%. En definitiva, se trata de mejoras significativas en la distribución funcional del ingreso, pero que no afectan significativamente (en las grandes empresas analizadas) la viabilidad de sus procesos de acumulación.

¿Qué ventajas presenta la participación de los trabajadores en las ganancias empresarias? Por un lado, se comprobó mundialmente que en las firmas que implementaron este tipo de regímenes la productividad aumentó y las ganancias se elevaron. En definitiva, se beneficiaron tanto los trabajadores como los empresarios, dado que se redujo el margen unitario de ganancias pero fue compensado por mayores productividad y demanda, haciendo que las mayores cantidades vendidas incrementaran la masa total de ganancias. Además este sistema resulta un ancla contra una espiral inflacionaria, y a la vez eleva los ingresos de los hogares y entonces amplía el mercado interno. Siguiendo a Robert Boyer, uno de los padres de la escuela francesa de la regulación, se trata de una medida que permite insertar a una economía en un círculo virtuoso de mejoras de la productividad, crecimiento económico y distribución del ingreso con bajas tasas de inflación.

Las mayores ventajas, sin embargo, provienen del cambio de mentalidad que este mecanismo requiere en los trabajadores y en los empresarios. Que los primeros conozcan el balance de las empresas les permite en definitiva comprender mejor el proceso productivo del cual forman parte. Palia, pues, el efecto alienante sobre los trabajadores de la división social del trabajo, ya criticado en 1776 por Adam Smith. Es asimismo una herramienta para combatir la evasión: las ganancias no declaradas serán escrutadas por los mismos trabajadores de la empresa, interesados directos en que todas las operaciones de la firma se encuentren registradas.

Por otra parte, el esquema propuesto no carece de riesgos y limitaciones. Ante todo, excepto en lo que respecta a fondos solidarios específicos que algunos de los proyectos de ley incluyen, esta propuesta no combate ni el desempleo ni la precariedad laboral –al tiempo que quienes se encuentran precarizados o desempleados, naturalmente, no participarán de ninguna ganancia empresaria-. De esta forma, se incrementaría al interior de la clase trabajadora la ya elevada disparidad en los ingresos que heredamos de los noventa y la devaluación de 2002, beneficiando a los trabajadores de las empresas más grandes (que cobran mejores salarios y cuya actividad se encuentra plenamente registrada). Además es una medida pro-cíclica: durante el auge económico, los ingresos de los trabajadores crecerán no sólo por su propia negociación de remuneraciones fijas sino también por las mayores ganancias empresarias; en cambio, en las crisis, ambas variables tenderán a reducirse en términos reales. Por ello esta medida sólo es factible como un pequeño adicional sobre un salario fijo, y nunca como su reemplazo, ya que las consecuencias para los trabajadores y para la economía en su conjunto serían doblemente perjudiciales en períodos recesivos.

Resta discutir las posibilidades de segmentar este sistema en función del tamaño de las empresas (por ejemplo, permitiendo al empresario PyME apropiarse de una parte de la ganancia antes de someterla a la participación de los trabajadores, como remuneración a las labores de gestión y dirección de la empresa que usualmente realiza) y de articular estas medidas con otras, que permitan proteger a los trabajadores que, como mostramos antes, quedan fuera de este régimen por hallarse desempleados o precarizados.

En síntesis, lo central de esta propuesta ha sido el retorno al debate respecto a la tasa de ganancia de las empresas, los mecanismos de formación de precios, la distribución funcional del ingreso, el rol del Estado como garante de esa redistribución -que el mercado por sí solo no efectuaría- y el tipo de participación de los trabajadores en el proceso productivo del cual forman parte. Un régimen de participación de los trabajadores en las ganancias implica una modificación estructural en la dinámica de funcionamiento de las firmas, con sus propios trabajadores en conocimiento y control de las operaciones que se realizan. Es lógico que una transformación de esta índole espante a algunos empresarios argentinos, recelosos de quien pretenda siquiera verificar sus operaciones. Pero la producción privada también es social, sujeta a relaciones de poder al interior y al exterior de la propia firma, y siempre más información implicará una articulación más transparente y eficiente entre las partes y, eventualmente, una mayor equidad social.

Economistas. Docentes de la UBA. Miembros de la Escuela de Economía Política (EsEP-UBA) y del Grupo de Estudios del Instituto Argentino para el Desarrollo Económico (IADE).

Especial para el portal IADE/Realidad Económica

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