Regulación financiera: dos miradas contrapuestas

Editorial Diario La Nación - Joseph E. Stiglitz
A continuación reproducimos dos artículos con miradas diversas. El Congreso de los Estados Unidos aprobó una reforma financiera impulsada por el presidente Barack Obama, al mismo tiempo la Cámara de Diputados de nuestro país estudia, en comisión, un proyecto de ley de reforma financiera. El proyecto estadounidense es una respuesta a la crisis financiera desatada en el segundo semestre de 2008 y pretende reducir el riesgo de nuevos episodios de ese tipo. Tanto la Editorial del Diario La Nación de Argentina como el artículo de Joseph E. Stiglitz reflexionan sobre los alcances de la regulación financiera con argumentos diferentes que creemos contribuyen a un mejor entendimiento del tema. [size=xx-small][b]Artículos relacionados:[/b] . Proyecto de Ley de Servicios Financieros para el Desarrollo Económico y Social - Heller, Sabbatella, Rivas, Ibarra, Basteiro, Belous, Vázquez . Parches en Wall Street y crisis capitalista - Rolando Astarita [/size]

[i]Proyectos de reforma financiera
Editorial">http://www.lanacion.com.ar/nota.asp?nota_id=1285106]Editorial - Diario La Nación - 16.07.2010
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El Congreso de los Estados Unidos analiza un proyecto de reforma financiera impulsado por el presidente Barack Obama, al mismo tiempo que la Cámara de Diputados de nuestro país estudia, en comisión, también un proyecto de ley de reforma financiera de la autoría del diputado Carlos Heller. El proyecto estadounidense es una respuesta a la crisis financiera desatada en el segundo semestre de 2008 y pretende reducir el riesgo de nuevos episodios de ese tipo. Las regulaciones propuestas a ese efecto están diseñadas para evitar o desalentar comportamientos que puedan originar burbujas especulativas y para proporcionar transparencia y mejor información. El proyecto de Heller no busca específicamente reducir el riesgo de una crisis sistémica, sino que responde a una intención más ideologizada tendiente a una mayor intervención estatal en la actividad bancaria y financiera.

La iniciativa de Obama expone objetivos y procedimientos orientados a cuatro áreas de acción. Una de ellas es la referida a las entidades bancarias. Otra, la que comprende las regulaciones sobre los mercados financieros. Una tercera, tal vez la más requerida en la experiencia de la crisis pasada, es la que define los instrumentos necesarios para que el gobierno maneje estas situaciones excepcionales. La cuarta se refiere a las medidas para mejorar la protección de los inversores y consumidores.

El proyecto estadounidense, a diferencia del argentino, no pone un límite determinado a la participación de un banco en el mercado, pero acentúa la observación y las regulaciones sobre las entidades que por su gran tamaño pueden detonar una crisis sistémica. Además, habilita a la Reserva Federal (Fed) a requerir informes periódicos del tipo "stress tests" de todas las entidades financieras que superen un determinado volumen de actividad. Esta atribución se extiende a las entidades controlantes o casas matrices, aunque estén domiciliadas en el exterior. A fin de facilitar la supervisión, la nueva legislación inducirá a las compañías financieras no bancarias a convertirse en bancos o ser parte de éstos. En ese mismo sentido se requerirá a los fondos de cobertura ( hedge funds ) y a los fondos de capital privado registrarse en la Security Exchange Commission (SEC), que les aplicará su marco de control y supervisión.

Los mercados financieros en los Estados Unidos estarán sujetos a una supervisión fundamentalmente dirigida a transparentar el riesgo real y el sistémico de los instrumentos más recientemente desarrollados, tales como los derivados y los bonos emitidos por fideicomisos constituidos por carteras de créditos garantizados por prendas e hipotecas. Se acentuará la búsqueda de la trazabilidad y se obligará a los generadores originales del crédito a retener una parte de la cartera. Los entes reguladores no podrán apoyarse exclusivamente en los indicadores de las calificadoras de crédito y deberán desarrollar su propia base informativa.

La reforma proyectada formalizará algunos procedimientos y atribuciones que se utilizaron con carácter de emergencia en la última crisis. En tal sentido, propicia la creación de mecanismos que permitirán al gobierno tomar y reordenar entidades financieras en estado de falencia. Se establece un procedimiento formal para decidir cuándo se puede invocar ese poder, que podrá ser iniciado por el Tesoro, la Fed o la SEC, pero siempre dejando la decisión final en manos del Tesoro.

La propuesta de Barack Obama incluye la creación de un nuevo organismo para la protección del consumidor financiero (Consumer Financial Protection Agency), que supervisará todo lo atinente al crédito de consumo, así como las hipotecas y las tarjetas de crédito. El cometido será fundamentalmente el de asegurar transparencia y no el de controlar o fijar tasas de interés u otras condiciones. Véase en esto la diferencia conceptual con el proyecto del diputado Carlos Heller, que propone declarar a todo el sistema financiero un servicio público y sobre esa base aumentar la intervención estatal en detrimento de la eficiencia y estabilidad de la operatoria bancaria. Por ejemplo, este proyecto introduciría límites a las tasas de interés que no se adaptarían a los niveles de riesgo y morosidad de determinados tipos de crédito. La consecuencia será la desatención de muchos segmentos o la quiebra de entidades privadas que lo atienden sin que la banca oficial pueda absorber esas demandas aun perdiendo dinero. El proyecto Heller introduce discriminación en contra de los bancos de capital extranjero, para los cuales se postulan mayores limitaciones y exigencias. Esta discriminación no existe, por cierto, en la reforma estadounidense y, más allá de satisfacer un sentimiento populista nacionalista, en nada ayudará a la expansión y tecnificación de nuestro sistema financiero; por otro lado, contraría el artículo 20 de nuestra Constitución Nacional.

La clave de una correcta reforma financiera es reducir el riesgo de crisis sistémicas sin por ello afectar, sino mejorar, la eficiencia del sistema. Una reforma adecuada, como podría conceptuarse la hoy propuesta en los Estados Unidos, será aquella que apunte específicamente a las fallas de información, control y transparencia que motivan las crisis, y no a aquella otra que meramente responda a un espíritu anticapitalista y trate por principio de introducir al gobierno en reemplazo de los administradores privados y convierta a las entidades bancarias en piezas controladas bajo la innecesaria e inconveniente calificación de servicio público.

[i]Re-regulación financiera y democracia
Joseph">http://www.project-syndicate.org/commentary/stiglitz126/Spanish]Joseph E. Stiglitz - Proyect Syndicate - 04.06.2010
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Han pasado casi dos años desde el colapso de Lehman Brothers, y más de tres años desde el comienzo de la recesión global generada por las fechorías del sector financiero para que Estados Unidos y Europa finalmente reformaran la regulación financiera.

Quizá deberíamos celebrar las victorias regulatorias tanto en Europa como en Estados Unidos. Después de todo, existe un acuerdo prácticamente universal de que la crisis que enfrenta el mundo hoy –y que probablemente siga enfrentando durante años- es el resultado de los excesos del movimiento de desregulación que se inició durante los gobiernos de Margaret Thatcher y Ronald Reagan hace 30 años. Los mercados sin trabas no son ni eficientes ni estables.

Sin embargo, la batalla –y hasta la victoria- han dejado un sabor amargo. La gran mayoría de los responsables de los errores –ya sea en la Reserva Federal de Estados Unidos, en el Tesoro de Estados Unidos, en el Banco de Inglaterra y la Autoridad de Servicios Financieros de Gran Bretaña, en la Comisión Europea y el Banco Central Europeo o en los bancos individuales- no se han hecho cargo de sus fracasos.

Los bancos que causaron estragos en la economía global se han negado a hacer lo que es necesario hacer. Peor aún, han recibido respaldo de la Fed, de quien uno habría esperado una postura más cautelosa, en vista de la magnitud de sus errores pasados y de lo evidente que resulta que se hace eco de los intereses de los bancos que supuestamente debía regular.

Esto es importante no sólo por una cuestión de historia y responsabilidad: es mucho lo que se deja a criterio de los reguladores. Y eso deja abierto el interrogante: ¿podemos confiar en ellos? En mi opinión, la respuesta es un no rotundo, razón por la cual necesitamos “definir de un modo inamovible” el marco regulatorio. La estrategia habitual –delegar la responsabilidad en los reguladores para que elaboren los detalles- no será suficiente.

Y eso plantea otro interrogante: ¿en quién podemos confiar? En cuestiones económicas complejas, se había depositado la confianza en los banqueros (después de todo, si ellos ganan tanto dinero, obviamente saben algo) y en los reguladores, quienes a menudo (pero no siempre) provenían de los mercados. Pero los acontecimientos de los últimos años han demostrado que los banqueros pueden ganar dinerales, y al mismo tiempo socavar la economía e imponerle cuantiosas pérdidas a sus propias firmas.

Los banqueros también han demostrado tener una “ética cuestionable”. Un tribunal de justicia decidirá si el comportamiento de Goldman Sachs –apostar contra productos que la propia empresa creaba- fue ilegal. Pero la corte de la opinión pública ya ha presentado su veredicto sobre la cuestión mucho más relevante de la ética de ese comportamiento. Que el CEO de Goldman se viera a sí mismo haciendo “el trabajo de Dios” mientras su firma vendía productos cortos que ella misma creaba, o diseminara rumores difamatorios sobre un país donde se desempeñaba como “asesor” sugiere un universo paralelo, con diferentes códigos y valores.

Como siempre, “el diablo está en los detalles”, y los lobistas del sector financiero han trabajo arduamente para asegurarse de que los detalles de las nuevas regulaciones beneficien a sus empleadores. En consecuencia, probablemente pase mucho tiempo antes de que podamos evaluar el éxito de cualquier ley que el Congreso estadounidense finalmente promulgue.

Eso sí, los criterios para el juicio son claros: la nueva ley debe poner fin a las prácticas que pusieron en peligro a toda la economía global, y reorientar el sistema financiero hacia sus tareas apropiadas –gestionar el riesgo, asignar capital, ofrecer crédito (especialmente a las pequeñas y medianas empresas) y operar un sistema de pagos eficiente.

Deberíamos brindar por los probables logros: se establecerá alguna suerte de comisión de seguridad de los productos financieros; cada vez más operaciones con derivados pasarán de las sombras del mercado turbio y “hecho a medida” a las bolsas y las cámaras compensadoras; y se restringirán algunas de las peores prácticas hipotecarias. Es más, parece probable que se recorten los honorarios escandalosos que se cobran por cada transacción de débito –una especie de impuesto que no tiene otro objetivo público que el de llenar las arcas de los bancos.

Sin embargo, los probables fracasos son igualmente dignos de mencionar: el problema de los bancos demasiado grandes para quebrar hoy es peor de lo que era antes de la crisis. Una mayor autoridad de resolución ayudará, pero sólo un poco: en la última crisis, el gobierno estadounidense “hizo la vista gorda”, no pudo utilizar los poderes que tenía e innecesariamente rescató a accionistas y bonistas –todo porque temía que, de no hacerlo, la situación derivara en un trauma económico-. Mientras haya bancos que son demasiado grandes para quebrar, el gobierno muy probablemente vuelva a “hacer la vista gorda”.

No sorprende que los grandes bancos lograran frenar algunas reformas esenciales; lo que sí fue una sorpresa fue una cláusula en el proyecto de ley del Senado estadounidense que prohibía que las entidades resguardadas por el gobierno suscribieran derivados riesgosos. Esa suscripción avalada por el gobierno distorsiona el mercado, otorgándoles a los bancos una ventaja competitiva, no necesariamente porque sean más eficientes, sino porque son “demasiado grandes para quebrar”.

La defensa de los grandes bancos por parte de la Fed –que es importante que los prestatarios puedan minimizar sus riesgos- revela hasta qué punto resultó capturada. La legislación no estaba destinada a prohibir los derivados, sino sólo a prohibir garantías gubernamentales implícitas, subsidiadas por los contribuyentes (¿recuerdan el rescate de AIG de 180.000 millones de dólares?), que no son un subproducto natural o inevitable del préstamo.

Existen muchas maneras de frenar los excesos de los grandes bancos. Una versión contundente de la llamada Regla Volcker (destinada a obligar a los bancos respaldados por el gobierno a retomar su misión fundamental de prestar dinero) podría funcionar. Pero el gobierno estadounidense sería negligente si dejara las cosas tal como están.

La cláusula del proyecto de ley del Senado sobre derivados es una buena prueba de fuego: la administración Obama y la Fed, al oponerse a estas restricciones, claramente se posicionaron del lado de los grandes bancos. Si en la versión final del proyecto de ley logran sobrevivir restricciones efectivas en el sector de los derivados de los bancos resguardados por el gobierno (ya sea resguardados realmente o de manera efectiva porque son demasiado grandes para quebrar), el interés general podría prevalecer sobre los intereses especiales, y las fuerzas democráticas sobre los lobistas adinerados.

Pero si, como predicen muchos analistas, se eliminan esas restricciones, será un día triste para la democracia –y un día más triste aún para las perspectivas de una reforma financiera significativa.

Nota: ambos artículos son anteriores a la aprobación de la reforma en EEUU

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