Y el mango... monopolios y concentración económica en Argentina / Roberto Navarro

Roberto Navarro
La economía argentina se desarrolla con una fuerte concentración en sectores claves, que disminuye la competencia y provoca abusos de posición dominante en los mercados. Aumentan precios por encima del promedio, presionan a proveedores y castigan los bolsillos de los consumidores.

Artículos relacionados:
.Monopolios. El impacto en Argentina.
.Sector industrial - Estado y comportamiento empresario: el caso del cártel de la industria cementera durante la convertibilidad y posconvertibilidad (2002-2005)
.¿Habrá una política antimonopólica?

Sólo dos empresas en el país fabrican tolueno (Repsol-YPF y Petrobras), el producto petroquímico del que deriva el plástico. Ese insumo se utiliza para elaborar envases para gran parte de los bienes de consumo. Una sola compañía produce el 99 por ciento de chapa laminada en frío y el 84 por ciento de la laminada en caliente: Siderar. Con este insumo se fabrican vehículos, tractores, hojalata para envases, heladeras, lavarropas, cocinas y otros electrodomésticos. Aluar tiene el monopolio del aluminio, otro insumo de uso difundido. Estas compañías comercializan productos que se utilizan en la fabricación de casi todos los bienes, y por ese motivo determinan en buena medida el precio y el abastecimiento de lo que se consume en el país. Pero la fuerte concentración en pocas empresas en sectores clave de la economía argentina se extiende a otras áreas tan diversas como alimentos, TV por cable, lácteos y supermercados, entre otras.

La concentración se desarrolla por dos vías: 1. las grandes empresas compran a las más pequeñas, y/o 2. realizan maniobras anticompetitivas hasta fundirlas para quedarse con la porción de sus mercados. En ambos casos se puede concretar de manera legal o ilegal. En Argentina, para comprar o fusionarse con otra empresa existen límites que tienen que ver con la porción de mercado que va a acaparar la nueva compañía conformada luego de la operación. El porcentaje depende del sector y la aprobación está en manos del Ministerio de Economía. A la vez, está vigente una ley de abuso de posición dominante, que impide a los grandes jugadores utilizar su poder para ahogar a los más pequeños. “En los últimos años existieron cientos de denuncias que fueron cajoneadas por la Comisión de Defensa de la Competencia (CNDC) o por la misma Secretaría de Defensa de la Competencia”, señaló a Cash José Sbattella, actual presidente de la CNDC.

“Decisión política”
Por Mercedes Marcó del Pont*

“La concentración económica y de los mercados es inherente al sistema capitalista y mucho más en un período de fuerte globalización. El tema es tener en cuenta qué pasa con la tensión dentro de los mercados en Argentina. Hay que ver cómo se distribuye el excedente. Y qué está pasando con los monopolios y oligopolios. Lamentablemente, el área de Defensa de la Competencia se desarticuló hace años y nadie volvió a ponerlo en funcionamiento. Las leyes para controlar a estas compañías están. Lo que no está bien constituido es el organismo de control para que se cumplan. Para realizar un trabajo como el que hace falta son necesarios equipos y presupuesto. Es decir, decisión política. Es obvio que ante semejante concentración, sólo puede actuar el Estado. Este gobierno ya demostró su compromiso de inmiscuirse y regular en otras ocasiones, no veo porque no va a hacerlo en este caso. Las políticas de precios arreglando con determinados formadores de precios determinó la paradoja de que esos precios le quitan mercado a las pymes, que están con menor capacidad financiera y que tienen una situación de flujo diario más comprometida. Quizá no se está evaluando bien la importancia de estos grandes oligopolios en los aumentos de precios de los últimos tiempos. También hay que estar atentos a lo que pasa con los supermercados, que conforman otro oligopolio y son los que están alimentando la inflación en los últimos meses.

* Economista y diputada FPV.”

“Sin demonizarlas”
Por Roberto Dvoskin*

“Las grandes empresas son necesarias para competir con el mundo, que está lleno de megacompañías. No tiene sentido demonizarlas. Y la lógica en un mercado que funcione bien es que vendieran más barato porque tienen costos más bajos. El tema es que en el país no existe una ley antimonopolio como en Estados Unidos, que le pone un límite a la porción de mercado que puede abarcar cada empresa. Hasta llegaron a dividir a las telefónicas. En Europa, en cambio, utilizan la ley de abuso de posición dominante, pero la usan bien. Las multas pueden hacer perder a una compañía la ganancia de un año. Por eso se cuidan. Aquí falta vocación. Eso se nota porque trabajan con seis inspectores. Es lo mismo que nada. Hacer una investigación de mercado para demostrar abuso es un proceso muy complicado, es una tarea para especialistas. Aun así, luego las empresas apelan y llegan hasta la misma Corte Suprema de Justicia si es necesario. No es fácil. Pero si no se empieza, jamás se va a lograr. Hay que conformar equipos, entrenarlos y largarlos a la cancha. Hoy el aumento de los precios está bastante influido por el oligopolio de los hipermercados, que están recuperando márgenes de comercialización después de varios años en que la inflación mayorista fue mayor que la minorista. Son tres cadenas que manejan a la mayoría de sus proveedores, pero hay que probarlo.”

* Economista Universidad San Andrés.

“Abuso a consumidores”
Por Mariano Borzel*

“No es casualidad que hayan sido los sectores más concentrados los que incrementaron más sus precios desde la salida de la convertibilidad hasta ahora. Aprovechan el constante aumento de la demanda porque tienen mayor posibilidad de aumentar, como en los casos del acero, el aluminio, los laminados y el cemento, entre otros. Incluso, también eran los que más aumentaban aun en recesión. Hay sectores que son monopolios u oligopolios y lo que queda por hacer es una regulación del Estado, tomando en cuenta los costos. Hay empresas con márgenes de rentabilidad netos exorbitantes. Si una o unas pocas empresas manejan un mercado estratégico para el país el Estado no puede estar ausente. Si pueden exportar caro que lo hagan, pero no pueden arruinar la competitividad de la economía nacional abusando de su posición dominante. Ni tampoco pueden abusarse de los consumidores. Incluso, desde el mismo Estado se podría fomentar con políticas públicas el nacimiento o desarrollo de nuevos competidores para estas grandes compañías. Y lo que es seguro utilizar la ley de abuso de posición dominante con todo rigor. Hay casos que son obvios y se dejan pasar: empresas que manejan el 80 por ciento del mercado e incrementaron sus precios casi un 400 por ciento. Lo mismo ocurre con el tema de las fusiones y adquisiciones. El caso de la cerveza es un ejemplo claro. No se debería haber permitido la venta a los brasileños.”

* Economista de Cefidar.[/i]

En Europa sí se consigue
Por Roberto Navarro

La concentración no es un fenómeno local. Las fusiones y adquisiciones fueron récord en los últimos 20 años en todo el mundo. Cada país estableció reglas para que esas megaempresas no se hicieran dueñas del mercado y, de esta manera, del funcionamiento de buena parte de la economía. Lo siguiente es un detalle de algunas de las varias sanciones que los distintos países utilizaron en los últimos años para poner freno al poder de estos grandes jugadores del mercado.

En enero pasado, la Unión Europea multó a Siemens con una suma de 396,6 millones de euros por acordar precios con otras nueve empresas que producen equipos para redes eléctricas. Entre todas tuvieron que abonar a la Comisaría de la Competencia Europea casi 1000 millones de euros por ponerse de acuerdo en una licitación de interruptores de gas. Entre las otras nueve figuraban empresas de la envergadura de Hitachi y Toshiba.

Antes, la misma Comisaría había multado con 790,5 millones de euros a un cartel de laboratorios que fabrican vitaminas. En 2004, la UE multó a Microsoft por una suma de 497 millones de euros, por considerar excesivos los precios que cobra por la información técnica que está obligada a brindar para hacer que Windows sea compatible con los demás servidores. Como la empresa no cambió su actitud, en 2005 volvió a multarla por un monto de 280 millones de euros. También Brasil multó a Microsoft por un monto equivalente al 30 por ciento de sus ventas del último año por abuso de poder dominante: absorbió así toda su ganancia anual. Y México, a Coca Cola con 35 millones de dólares por prácticas monopólicas, al obligar a los comercios a no vender otras gaseosas y así poder manejar el precio en el mercado.

El Tribunal de Defensa de la Competencia española sancionó a principios de año a Endesa con una multa de 900 mil euros por abuso de posición dominante en el mercado eléctrico en Mallorca. También las autoridades surcoreanas utilizaron el mismo criterio al multar con 19 millones de euros a la compañía de automóviles Hyundai, sexto fabricante de autos en el mundo, por cancelar contratos a concesionarios que no cumplieron “desmesurados” objetivos de venta establecidos por la empresa. Los franceses multaron a Telecom por sus tarifas “excesivas” en la venta de su fichero de abonados. Y los alemanes sancionaron a la misma empresa con 12,6 millones de euros por obstaculizar la competencia en el mercado cobrando un precio “excesivo” a la hora de ofrecerles acceso a su red telefónica. Respecto de la telefonía, en 2005, el tribunal español impuso la mayor multa cobrada en la historia ibérica. Sancionó a Telefónica con 57 millones de euros por obstaculizar gravemente la competencia al poner trabas en el proceso de selección de llamadas a sus abonados.

Fuente: [color=336600]Cash / Página 12 - 01.07.2007[/color]

----------------------------------

Ley 25156 / Defensa de la Competencia

Acuerdos y prácticas prohibidas. Posición dominante. Concentraciones y fusiones. Autoridad de aplicación. Presupuesto del Tribunal Nacional de Defensa de la Competencia. Procedimiento. Sanciones. Apelaciones. Prescripciones. Disposiciones transitorias y complementarias.

Ley">http://infoleg.mecon.gov.ar/infolegInternet/verNorma.do;jsessionid=1DB58... 25156 / Defensa de la Competencia

Compartir en