Reflexiones sobre el terrorismo financiero, su teoría y práctica
Ahora ha surgido el terrorismo financiero, piloteado por una nueva “Santa Alianza Financiera”, cuyo núcleo duro está integrado por especuladores, paraísos fiscales y fondos buitre. Este centro está rodeado por círculos concéntricos de apoyo que disimulan su índole. El primero es el judicial; históricamente y a escala mundial, el principal objetivo de la Justicia Civil ha sido la custodia del derecho de propiedad, al que suele privilegiar por sobre la soberanía nacional y el bien común. Como la versión financiera del terrorismo también aspira a dominar el poder político para lucrar sin límites, existe un segundo círculo de apoyo integrado por sectores de interés privado, corporaciones mediáticas y grupos empresariales. Por supuesto, existe una interdependencia entre los distintos círculos: por ejemplo, instituciones financieras internacionales son accionistas de medios de comunicación (Goldman Sachs posee el 18% de las acciones del Grupo Clarín).
Para calibrar el poder de esta Santa Alianza, basta con recordar que hace 30 años, a escala mundial, la relación entre el PIB y los activos financieros era casi de 1 a 1. Ahora esa relación es de 1 a 3,4. Hay una enorme masa especulativa, que degrada todo el funcionamiento económico y financiero. Alrededor de la mitad de los flujos internacionales de capitales escapa a toda forma de control y circula de modo ilegal. Estos últimos son fondos que provienen en gran parte de actividades ilegales o criminales. Muchos provienen de “narcodólares”, venta de armas y fraudes fiscales. Esos son los terroristas financieros, que concentran un formidable poder económico y político. Suelen dictar la política económica de los países subordinados; y así pueden generar épocas de abundancia, o hundir a países y pueblos en la miseria, según su interés particular a corto plazo. El ejemplo de Grecia es concluyente.
Los fondos buitres. Los fondos buitre integran el núcleo duro del terrorismo financiero. Los que ahora reclaman no son los bonistas originarios, sino los fondos buitre que en la Argentina compraron los bonos en default a precio vil.
Tienen muchas veces sus domicilios legales en “paraísos fiscales” o centros financieros “off shore”, que se caracterizan por su nulo control financiero e inexistente presión fiscal. Es esta una característica de los terrorismos (salvo el terrorismo de Estado), ya que se trata de grupos que operan desde territorios que escapan al control estatal.
Por ejemplo, el fondo buitre NML Capital Limited que le reclama a la Argentina, tiene su domicilio en las islas Cayman, territorio del Reino Unido y paradigma de paraíso fiscal, que alberga más empresas que sus 27.000 habitantes.
Su principal actividad es la compra de bonos públicos de deuda de países en crisis, a valores muy bajos; y después la extorsión para cobrarlos a su valor nominal; en esta avidez practican el terrorismo financiero, pues destruyen las economías de los países y las esperanzas de sus habitantes del mismo modo que el terrorismo “tradicional”, pero con otros instrumentos y métodos. En efecto, los países que emitieron los bonos muchas veces están obligados a aceptar las condiciones que les imponen los fondos buitre, porque si cayeran en default, se les cortaría el financiamiento externo (que les es indispensable) o se frustraría cualquier reestructuración de su deuda.
La teoría: fondos buitre y terrorismo financiero. El funcionamiento de los fondos buitre los encuadra en el terrorismo financiero. Veamos.
Primero: hay terrorismo, porque aterrorizan o infligen daños a grupos grandes de población mediante el uso sistemático de la violencia. Cuando con medidas financieras se enajena la capacidad de decidir de un país o se impide la satisfacción de necesidades básicas de su población, se cometen deplorables actos de violencia; por ejemplo, si un fondo buitre impide una reestructuración de la deuda y precipita a un país a una depresión económica, comete terrorismo financiero.
Segundo, hay terrorismo porque operan desde paraísos fiscales, que son guaridas donde no hay ley ni control.
Tercero, hay terrorismo porque toman como rehenes a grupos ajenos al litigio; si prevaleciera la posición de los fondos buitre, los bonistas que aceptaron el canje con quita y plazos (93% del total) no cobrarían lo que les corresponde.
Las leyes argentinas aceptan el concepto de terrorismo financiero. En ese sentido, la reciente ley de reforma al Código Penal, dispone que –en su ámbito de acción– la Unidad de Información Financiera (UIF) debe prevenir e impedir la extorsión terrorista, que consiste en “obligar a otro a depositar o tener a su disposición o de un tercero (…) cosas, dinero o documentos” (art. 168 del Código Penal). Esta es una de las maniobras típicas de los fondos buitre.
La práctica: piratería con patente judicial. Los fondos buitre rescatan los peores vicios de la piratería. Sin embargo gozan de dos fuertes privilegios que les conceden algunos Estados, que les facilitan su acción y les otorgan una cierta apariencia de legalidad.
En primer lugar, varios de ellos –como sus antecesores filibusteros– tienen su base de operaciones en islas del Caribe, en especial las islas Cayman; también son mercenarios y enarbolan la bandera inglesa. Una diferencia es que ahora, a las patentes de corso las otorgan los paraísos fiscales y las legitiman algunos jueces. Una prueba es el intento fallido del Juez Griesa. Veamos algunas de sus insensateces seriales.
Primera: la base teórica del fallo fallido es la cláusula que establece la igualdad de tratamiento a los diferentes acreedores (pari passu); pero les otorga un privilegio insólito a los fondos buitre, que cobrarían sin quita y al contado, mientras los bonistas aceptaron una quita del 70% y plazos de hasta 30 años.
Segunda: impide –o dificulta– la reestructuración de la deuda externa; ningún acreedor va a conceder quitas o plazos más largos, si después va a venir un fondo buitre a cobrar de inmediato la totalidad de la deuda. Esta jurisprudencia aplicada a la crisis europea podría ser catastrófica.
Tercera: ataca la inmunidad soberana del Estado argentino; vulnera la inmunidad de los sistemas y agentes de pagos; y da órdenes de no pago a bancos que están fuera de su jurisdicción.
Cuarta: no tiene jurisdicción ni atribuciones para derogar la ley argentina que dispone que quienes no participen en el canje no cobrarán sus bonos.
Por suerte prevaleció la sensatez y la Corte de Apelaciones de Nueva York suspendió el fallo del juez Griesa.
La firmeza de las posturas nacionales. Por encima de las vicisitudes del litigio, existe una relación de fuerzas y un planteo jurídico que salvaguardan nuestros derechos. El dato fundamental es que la Argentina, además de tener razón, ha recuperado su soberanía financiera y no necesita endeudarse; por eso puede rechazar la extorsión de los fondos buitre. Dispone de los fondos para continuar pagando –como lo ha hecho hasta ahora– a los bonistas que aceptaron la reestructuración de la deuda. Además tiene el apoyo de la Reserva Federal de Estados Unidos, de las asociaciones de bonistas, del banco pagador y, en general, de las instituciones financieras normales. Los fondos buitre ganan cuando el país deudor está quebrado y carece de apoyos; pero ése no es nuestro caso.
La presidenta de la Nación recordó en Villa Constitución el 12 de noviembre de 2012, la plena actualidad del discurso del presidente Néstor Kirchner en el Congreso de la Nación, el 1° de marzo de 2004: “a los llamados fondos buitre, que junto a los intereses financieros más recalcitrantes e insaciables intentan lucrar con la difícil situación ejecutando acciones mediáticas y espectaculares pero destinadas al fracaso para lograr sus fines, les cabrá entender la firmeza de las posturas nacionales”. Esa es nuestra posición.
Miradas al Sur - 2 de diciembre de 2012