Los plaguicidas agregados al suelo y su destino en el ambiente
El desarrollo del conocimiento científico y la toma de conciencia con respecto a la problemática ambiental durante los años 70’s, en el plano internacional, y la aparición de hitos legislativos en EE.UU. y diferentes países europeos, fomentaron en Argentina la creación de una Subsecretaría de Recursos Naturales Renovables y la sanción de las primeras leyes de protección de los recursos naturales.
En los años 80’s, y a pesar del restablecimiento de la democracia y el orden constitucional, las crisis económicas quitaron relevancia a las cuestiones ambientales en la agenda política del gobierno nacional.
La política ambiental impulsada, tanto por el gobierno nacional como por los gobiernos provinciales, durante los años 90’s refleja la importancia que el desarrollo sustentable y las cuestiones ambientales alcanzaron a nivel internacional con la cumbre de Río de Janeiro en el año 1992 y la entrada en vigencia de varios tratados internacionales en materia ambiental.
Sin duda, el paso decisivo de esta evolución institucional ambiental en Argentina fue dado con el reconocimiento expreso del derecho a gozar de un ambiente sano y equilibrado junto a la distribución de competencias nación-provincias en materia ambiental y de recursos naturales, plasmado en el Artículo N° 41 de la Constitución Nacional de 1994. Este artículo menciona que ¨Todos los habitantes gozan del derecho a un ambiente sano, equilibrado, apto para el desarrollo humano y para que las actividades productivas satisfagan las necesidades presentes sin comprometer las de las generaciones futuras, y tienen el deber de preservarlo. El daño ambiental generará, prioritariamente la obligación de recomponer, según lo establezca la ley ¨.